martes, 8 de octubre de 2013

Mi opinion



siempre he tenido un concepto amplio acerca de la discriminación, nunca aprove el hecho de que a una persona se le este maltratando por un motivo cualquiera y lo que mas detesto es cuando ponen excusas para hacer tal fechoría.
yo soy una persona católica pero no pongo la excusa de que por el hecho de que mi doctrina no acepta la homosexualidad para molestar a una persona por sus gustos en cuanto a genero, pues yo creo que cada grupo social es importante y todos formamos parte de la construcción de un mejor país.
En cuanto al racismo, creo que es la excusa mas estúpida para despreciar a alguien, acaso el hecho de que sea negro,blanco o amarillo determina si es buena persona o no, para mi es una excusa muy barata eso del color de pie. Tampoco es excusa decir que una persona blanca es racista solo por ser blanco y hacerse de la victima.

  
La nacionalidad tampoco es excusa, en mi país (paraguay) hay un desprecio hacia la cultura ajena pues siempre he notado que cuando se habla en los medios de comunicación acerca de la cultura de nuestro país, no se hace de una forma orgullosa sino de una forma soberbia como si las demás culturas fueran basura o algo indebido y pensando que solo la nuestra es muy rica.
   

En fin no puedo hablar mucho del tema pero espero que haya sido de su agrado.

Fuentes 



Discriminacion a las Personas con Discapacidad




DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El término "discapacidad" significa una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

La discriminación contra las personas con discapacidad, constituye toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales.
La Discriminación Directa, se da cuando una persona es tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga, por motivo de la discapacidad, explicándose únicamente la diferencia de trato cuando haya una causa razonable que fundamente la misma, por lo que el único criterio de diferenciación no puede ser la discapacidad de una persona.

La Discriminación Indirecta, es la situación en la que pueda encontrarse una persona con discapacidad respecto de otras personas, cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros le ocasionan una desventaja particular o unos efectos negativos y desproporcionados en los grupos perjudicados, salvo que aquellas normas o prácticas puedan justificarse objetivamente con una finalidad legítima, o que, respecto de las personas con una discapacidad determinada, se deban adoptar medidas adecuadas y ajustes razonables para eliminar las desventajas. La discriminación indirecta no exige un motivo o causa discriminatoria, sino que supone una política consciente o inconsciente, que tenga un efecto desfavorable sobre el grupo perjudicado, y que por ello se evidencia en los resultados, incluso empíricos o basados en criterios estadísticos, de esa práctica.
Siendo necesario que los Estados adopten “medidas destinadas a prevenir o compensar las desventajas iníciales” que puedan tener determinadas personas por los motivos objeto de protección, y entre ellos la discapacidad, configurándose ello como medidas deDiscriminación Positiva, cuando el objetivo es garantizar la plena igualdad en la vida. Estas medidas, por lo que respecta a las personas con discapacidad, no se contradicen con el principio de igualdad de trato cuando tengan por objeto la protección de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo o bien para fomentar la inserción de dichas personas en el mercado laboral.
Derecho internacional
Las modernas Constituciones prohíben la discriminación, a partir de la proclamación de la igualdad de los ciudadanos ante la Ley. Es más, uno de los llamados derechos fundamentales es precisamente la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, raza o cualquier condición personal o social
Las legislaciones penales de varios países incluyendo a Guatemala ya establecen como delito la práctica de la discriminación. Los esfuerzos internacionales para combatir la discriminación han sido casi inexistentes hasta la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas (ONU) en 1945. Uno de los objetivos de este documento era fomentar “el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los individuos sin distinción de raza, sexo, idioma o religión”.


La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, contiene una amplia afirmación de los derechos humanos, aunque carece de efecto vinculante sobre los Estados miembros. La Proclamación de Teherán en 1968 reconoce como legítima la lucha contra el Apartheid y recomienda combatir la discriminación racial y las teorías ideológicas de superioridad racial. Posteriormente la Asamblea General aprobó el Acuerdo sobre Derechos Civiles y Políticos (que entró en vigor en 1976), así como acuerdos específicos sobre prevención y penalización del genocidio y La Convención Internacional para la Eliminación de toda forma de Discriminación Racial, la Declaración y Programa de Acción de Viena en 1993.
La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, amplia y reafirma los derechos que contemplan otros instrumentos internacionales, como lo son: el convenio sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio 159); la Declaración de los Derechos del Retrasado Mental (AG26/2856, del 20 de diciembre de 1971); la Declaración de los Derechos de los Impedidos de las Naciones Unidas (Resolución No. 3447 del 9 de diciembre de 1975); el Programa de Acción Mundial para las personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 37/52, del 3 de diciembre de 1982); el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 'Protocolo de San Salvador' (1988); los Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y para el mejoramiento de la Atención de la Salud Mental (AG 46/119, del 17 de diciembre de 1991); la Declaración de Caracas de la Organización Panamericana de la Salud; la Resolución sobre la situación de las personas con discapacidad en el Continente Americano (AG/RES, 1249 (XXIII-0/93)); las Normas Uniformes sobre igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (AG 48/96, del 20 de diciembre de 1993); la Declaración de Managua, de diciembre de 1993; la Declaración de Viena y Programa de Acción aprobados por la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos (157/93); la Resolución sobre la Situación de los Discapacitados en el Continente Americano (AG/RES. 1356 (XXV-0/95)); y el compromiso de Panamá con las Personas con Discapacidad en el Continente Americano (resolución AG/RES, 1369 (XXVI-0/96).


No obstante la existencia de estos instrumentos internacionales, el principal obstáculo a la protección internacional de los derechos humanos es el hecho de que la mayoría de los países no aceptan la intervención en sus asuntos internos, y no reconocen la discriminación de sus propios ciudadanos. En cierta medida esta dificultad ha podido ser superada por organizaciones como: la Comisión Europea de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recientemente La Corte Penal Internacional, sin dejar de mencionar el trabajo de organizaciones no gubernamentales en todo el mundo, que trabajan por la protección de los derechos humanos y especialmente contra la discriminación en todas sus formas.


MIRADA SOCIOLÓGICA DE LA DISCRIMINACIÓN

Se estima que más de 500 millones de personas en el mundo tienen algún impedimento físico, mental o sensorial y alrededor del 80 % de estas personas viven en los países en desarrollo. Generalmente a las personas con discapacidad se les niega la posibilidad de educación o de desarrollo profesional, se les excluye de la vida cultural y las relaciones sociales normales, se les ingresa innecesariamente en instituciones y tienen acceso restringido a edificios públicos y transporte debido a sus limitaciones físicas. Por si fuera poco, los discapacitados se encuentran en desventaja jurídica, ya que no cuentan con un documento oficial único que enumere sus derechos, sino que están dispersos en una serie de dictámenes judiciales, recomendaciones de la OIT e instrumentos jurídicos.


No se trata de adoptar una postura compasiva para este colectivo de personas, sino de potenciar las políticas activas de sensibilización y promoción de actividades tendentes a tal fin; pero no solamente las personas con discapacidad sufren. La sociedad pierde la oportunidad de aprovechar el enorme potencial de las personas con discapacidad.

lunes, 7 de octubre de 2013

Persecucion Religiosa



La persecución religiosa y la violencia contra los cristianos sigue siendo fuerte en China, en Cuba, así como en varias naciones de África y en casi todos los países islámicos del Golfo, según el Informe sobre la Libertad Religiosa en el Mundo 2005, elaborado por la organización internacional Ayuda a la Iglesia Necesitada (AIN) y presentado en Roma con la participación del cardenal Renato Martino, presidente del Consejo Pontificio Justicia y Paz, y Pier Ferdinando Casini, presidente de la Cámara de Diputados italiana. 



«Bajo la violencia y las persecuciones, la situación de la libertad religiosa en el mundo sigue siendo crítica», advierte el informe. Se destaca que «la situación es muy grave en China, donde 19 obispos fueron arrestados o impedidos de ejercer su ministerio». Aunque el país más represivo continúa siendo Arabia Saudita, ha habido ataques mortales contra los cristianos en Nigeria y Uganda, así como en la India e Indonesia. En Europa se constatan retrocesos en Francia por la prohibición del velo, y en España por la hostilidad del Gobierno. «Violencia, imposiciones, persecuciones» es cómo AIN ha descrito la situación de la libertad religiosa en el mundo en el 2004. El informe de AIN ha cubierto todos los países del mundo.



Entre los países a examen estaban las antiguas repúblicas soviéticas, donde todavía se encuentran estrictos controles sobre la religión. En estas repúblicas, dice el informe, «la influencia ejercida por el ateísmo ideológico sobre los funcionarios del estado es todavía extremadamente poderosa». En Bielorrusia, por ejemplo, «el estricto control del Estado sobre toda expresión de culto tiende a sofocar los sentimientos religiosos de la gente». Aunque inicialmente el presidente Alexander Lukashenko pareció ponerse del lado de la Iglesia ortodoxa, más adelante prometió que asistiría y cooperaría con la Iglesia católica, observaba AIN.



En la república de Georgia ha habido mejoras con el nuevo presidente Mikheil Saakashvili, que sustituyó a Eduard Shevardnadze en 2004. Desde el cambio ha habido un descenso en el número de ataques violentos contra los grupos religiosos minoritarios, pero sigue habiendo problemas para la Iglesia católica en cuanto a la devolución de las propiedades confiscadas durante el periodo soviético. La mayoría de las propiedades fueron entregadas por el gobierno a la Iglesia ortodoxa de Georgia.



Símbolos prohibidos

En Europa occidental, AIN comentaba que Francia ha experimentado una nueva ola de secularismo, con la puesta en práctica de una nueva ley que prohíbe el uso de símbolos religiosos en las escuelas. Algunas autoridades locales en Alemania han puesto en práctica medidas similares. El informe indicaba que esta política está pensada para combatir la aparición del extremismo islámico. Pero, añadía, «estas disposiciones no parece que sean verdaderamente eficaces».

En Bélgica, el resurgimiento del antisemitismo parece deberse principalmente a la hostilidad antiisraelí por parte de los grupos de inmigrantes islámicos, más que por los neo-nazis.

En Grecia, donde la Iglesia ortodoxa goza del predominio, la Iglesia católica, junto con otras denominaciones, es tratada como una institución privada. Durante las últimas elecciones, el arzobispo católico de Atenas, Nikolaos Foskolos, apeló a los candidatos, pidiéndoles el reconocimiento jurídico de la Iglesia y que se levantaran las restricciones aplicadas a los católicos. Entre estas restricciones están la necesidad de obtener el permiso del ordinario ortodoxo local para construir una iglesia.



En Turquía, el respeto por las minorías religiosas «sigue siendo totalmente insatisfactorio», indica el informe. Se niega de manera efectiva a los cristianos el acceso a los puestos institucionales civiles y militares, y es prácticamente imposible construir iglesias. Además, las confesiones no islámicas no tienen reconocimiento civil y no se les permite poseer nada. Un signo esperanzador tuvo lugar el 21 de junio del 2004, en que el primer ministro turco, Recep Tayyp Erdogan, recibió a los obispos católicos del país, que presentaron dos peticiones: reconocimiento jurídico para la iglesia, y la creación de un comité mixto para preparar y poner en práctica este estatus jurídico futuro.



El continente americano

El informe indicaba que en general la Iglesia católica en América está libre de obstáculos legislativos. Cuba y Venezuela, sin embargo, son casos excepcionales y son citados por algunas violaciones de los derechos humanos básicos. Algunos países son citados por problemas debido a la hostilidad por parte de grupos locales a las actividades de organizaciones evangélicas. En Bolivia, por ejemplo, una multitud de nativos quechua destruyeron una iglesia evangélica en una remota aldea de los Andes.




El año pasado también se registraron ataques contra miembros del clero. En Brasil, tres misioneros fueron secuestrados. En Chile, un sacerdote italiano, Faustino Gazzieri, fue asesinado el 24 de julio en la catedral de Santiago. El asesino, Rodrigo Enrique Orias Gallardo, resultó ser un miembro de una secta satánica.

La situación de violencia y violación de los derechos humanos y religiosos en Colombia es extremadamente grave, indica el informe. Durante el 2004, más de 3.000 civiles han sido asesinados por razones políticas, mientras que al menos 600 han desaparecido y 2.200 han sido secuestrados. Entre las personalidades de la Iglesia secuestradas el año pasado se encuentra el obispo de Yopal, Misael Vacca Ramírez. La Iglesia católica ha establecido un programa pastoral de cuidado de los refugiados, y ha alcanzado acuerdos con las diócesis en los países fronterizos, especialmente las de Ecuador, adonde los campesinos han huido buscando auxilio. AIN comentaba que la Iglesia es la única institución presente en muchas zonas rurales y también tiene a su cargo las organizaciones no gubernamentales más importantes en el campo de los derechos humanos.





En Cuba la situación de la Iglesia católica es grave. El informe cita una entrevista del cardenal Jaime Ortega del año pasado, que lamentaba que el gobierno haya ignorado sistemáticamente las súplicas de la Iglesia. El cardenal explicaba que no hay una persecución material real de los católicos, sino una forma más sutil, que intenta relegar todas las actividades y manifestaciones religiosas a los márgenes de la sociedad y la política. La Iglesia, de hecho, no tiene acceso a la prensa. No se permite la enseñanza de la religión católica en las escuelas estatales. Y es imposible abrir colegios privados católicos.




En Guatemala, Mons. Álvaro Ramazzini, obispo de San Marcos, recibió amenazas de muerte debido a sus actividades de apoyo a los derechos del pueblo indígena que trabaja en las minas abiertas en la diócesis, informaba AIN. Posteriormente, el 31 de julio, un sacerdote diocesano, el padre Eusebio Manuel Sazo Urbina, fue tiroteado y asesinado en la capital. Algunas informaciones de medios relacionan su asesinato con la labor que realizaba de apoyo al desarrollo de esta comunidad, que ha sido vista con hostilidad por bandas criminales.


Problemas en Asia

«Durante el 2004, la libertad religiosa sufrió violaciones graves y sistemáticas en China», indica el informe. El gobierno de Pekín permite la actividad religiosa sólo de las asociaciones registradas. Concibe la religión como actividad al servicio de la seguridad del estado y del progreso de la nación. Así, la libertad de creencia no es un derecho innato de la gente sino una concesión del estado.





La nueva legislación nacional sobre religión ha traído pocas mejorías reales. Contiene disposiciones que permiten al gobierno arrestar y encarcelar como criminales comunes a quienes actúen fuera de las organizaciones controladas. No obstante, las iglesias siguen atrayendo en el país a un número cada vez más grande de seguidores. Además, las conversiones a grupos cristianos han aumentado entre profesores, intelectuales y estudiantes. Durante el 2004 hubo una serie de detenciones de católicos clandestinos que practicaban su fe fuera de las asociaciones reconocidas. Se ha informado de arrestos, intimidaciones, participación obligatoria en cursos de adoctrinamiento e interrogatorios en las regiones de Fujian, Zhejiang, Mongolia interior, Henan y especialmente en Hebei.



En Corea del Norte, durante los últimos 50 años han desaparecido 300.000 cristianos, indicaba el informe. Los creyentes están obligados a registrarse en organizaciones controladas por el Partido Comunista. Quienes no lo hagan se enfrentan a frecuentes y brutales persecuciones. Todavía falta mucho para que la libertad de religión sea global.